DGT, Movilidad, Patinetes eléctricos

Multas de hasta 1000 euros si no cumples la nueva ley de tráfico

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La Dirección General de Tráfico (DGT) sigue dando pasos firmes para que la regulación de los VMP sea cada vez más precisa y concreta. En esta última revisión de la  Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ya aprobada el pasado 21 de diciembre de 2021, entran en vigor las nuevas sanciones que regularán las infracciones llevadas a cabo por los usuarios de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y que persiguen la mejora en la convivencia entre riders, restos de usuarios de la vía y peatones.

Multas de hasta 1000 euros si no cumples con la nueva ley y que no creemos que queráis comprobar en primera persona. Así que sigue hasta el final que te facilitamos una valiosa información para que tu cuenta bancaria se mantenga como hasta ahora.

Multas leves (100€)

No sería la primera vez que nos encontramos a dos personas subidas en un mismo patinete como si fuesen piloto y acompañante. La ley lo tiene claro y así lo recoge en una de las sanciones más leves con la que te pueden castigar: en este tipo de vehículos solo puede circular una persona y si no es así te tocará contribuir con 100 euros a las arcas del estado.

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Multas intermedias (200€)

Empecemos por la utilización del casco, ese gran olvidado que nos puede salvar la vida y sobre el que todavía la sociedad no parece tener gran conciencia. Para aquellos que duden, la ley se ha pronunciado y ha dictado lo propio: el casco es totalmente obligatorio para circular en este tipo de vehículos. No hacerlo implicará una multa de 200 euros y la inmovilización del patinete. Aunque esto es lo que se aplica a nivel nacional, hay que matizar que los ayuntamientos de cada ciudad tienen las competencias para decidir si se sigue la pauta general o no. En Sevilla, por ejemplo, no es obligatorio de momento, excepto en el caso de los menores de 16 años que sí lo es.

Otras de las cuestiones que más polémica ha suscitado es la circulación de los VMP por la zonas peatonales. Esta última revisión la resuelve y establece la prohibición de ir por estas áreas donde la prioridad pertenece exclusivamente a los viandantes. Y si hay alguna duda; sí, las aceras estarían dentro de este supuesto. 200 euros menos si incumplimos esta norma.

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Ver y ser vistos debe ser un dogma para todos los riders. De esta manera y para no caer en la siguiente infracción, los conductores de patinetes tienen que ir equipados con prendas o elementos reflectantes, así como el vehículo debe ir correctamente alumbrado. Incurrir en esta conducción temeraria supondrá una multa de 200 euros.

Con la misma cuantía se sancionará también a aquellos que decidan que utilizar el teléfono móvil o cualquier dispositivo de comunicación es una buena opción cuando vas a bordo de un patinete. En este apartado de infracciones se incluye el uso de auriculares mientras conduces un VMP.

Multas graves (500 a 1000€)

Si hablamos de sanciones graves y elevadas, tenemos que hablar de alcohol y drogas. En primer lugar, cabe destacar que para cualquier menor que conduzca un patinete eléctrico el cumplimiento de la tasa cero de alcohol es totalmente obligatoria.

Para el resto de usuarios las multas se regirán por los límites de consumo de alcohol ya establecidos en el código circulatorio. Las sanciones serán mínimo de 500 euros y se elevarán hasta los 1000 euros en función del nivel con el que sobrepase la tasa recogida en la ley. Las 4 cifras también se alcanzarán en el caso de que se detecte cualquier sustancia estupefaciente en el organismo.

Además, el vehículo quedaría inmovilizado y si se negase a hacerse el test se expondría a una sanción administrativa.