DGT, Movilidad, Patinetes eléctricos

Los documentos que la DGT pedirá a los patinetes eléctricos

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La creciente popularidad de estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP)  ya es un hecho desde hace tiempo y como consecuencia una activa actualización de la regulación de estos. Y aquí es donde entramos nosotros para explicaros detalladamente los documentos que la DGT (Dirección General de Tráfico) pedirá a los patinetes eléctricos para circular garantizando la seguridad de los usuarios y promoviendo una convivencia más segura en las vías públicas.

CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN

Aunque pueda parecer algo nuevo, no lo es. Pero la realidad es que existe un desconocimiento generalizado respecto a este documento que no termina de quedar claro si hay que tenerlo para circular o no. Ya os lo adelantamos nosotros y la realidad es que sí, pero con matices.

Los vehículos de movilidad personal (MVP), el patinete eléctrico entre ellos, deberán tener certificado para circular. Así lo estableció la DGT el pasado 21 de enero de 2022 aunque sean pocos los que lo tienen en mente. Los MVP, vendidos desde enero de 2022, vienen con una ficha técnica con las especificaciones de cada tipo de patín. El objetivo de la DGT es que los fabricantes cumplan con la normativa, en características como la potencia del motor o velocidad máxima. Además, se pretende que los patinetes tengan unas garantías de calidad y durabilidad. En resumen, este certificado será como una ITV y cerciorará que el patinete esté en las condiciones obligatorias para poder circular.

Como ya hemos comentado anteriormente estos requisitos están lejos de tener algo de nuevo puesto que la resolución entró en vigor hace más de un año. No obstante, como ya se anunció, la resolución incluye un período de carencia de dos años. El cumplimiento del certificado y de todos los requisitos técnicos que en él se incluyen será obligatorio a partir del 22 de enero de 2024. ¿Qué pasará con los patinetes que se han vendido hasta ahora sin cumplir estos requisitos o que se vendan hasta 2024 sin el certificado? Podrán circular hasta el 22 de Enero de 2027: superada esta fecha serán ilegales.

SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL

Aquí os traemos otra de las que sigue siendo una de las grandes dudas para aquellos usuarios o usuarias que quieren adquirir un patinete nuevo e incluso entre los que ya lo tienen. ¿Es obligatorio el seguro para estos VMP? Os sacamos de duda.

Como normal general el seguro de responsabilidad civil no es obligatorio, aunque sí altamente recomendable. Hablamos de manera genérica porque la realidad es que son los ayuntamientos de cada ciudad los que se encargan de regular esta normativa. Esta situación genera mucha incertidumbre y una gran variedad de pequeñas normas que cambian de ciudad en ciudad. No en todas las localidades es obligatorio contratar una póliza que cubra, como mínimo, los daños provocados a terceros cuando vamos a bordo de un patinete eléctrico y, por lo tanto, en unas no habrá sanción asociada al hecho de no tener seguro, mientras que en otras sí.

¿En qué ciudades es, efectivamente, obligatorio contratar un seguro para circular en patinete eléctrico? Por el momento, los ayuntamientos de Barcelona, Madrid, Pozuelo de Alarcón, Mahón, Palencia y Córdoba mencionan la contratación de un seguro específico. Las particularidades y los casos de aplicación de esta norma varían y no es en todos los contextos igual. Córdoba ha sido la última ciudad en sumarse a este grupo.

En Mahón (Menorca) y dos municipios vecinos la multa por no tener el seguro debidamente contratado es de unos 500 euros. Por otra parte, en otras localidades como Madrid o Pozuelo se distingue entre los VMP particulares y los de uso compartido o laboral. Estos últimos están obligados a contratar el seguro frente a la libertad de elección en el primer caso.